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El Congreso tiene como objetivo principal brindar un espacio de generación de conocimiento, debate e intercambio de experiencias para la aplicación de Tecnologías de la Información y la Comunicación a la mejora de la Gestión de la Administración de Justicia. Add a commentActualizado (Sábado, 30 de Julio de 2011 14:33)
Image via CrunchBase Hace días se difundió en la red la noticia de que un empleado que prestaba servicio en un Hospital creó un perfil falso de su jefe (el director de ése hospital) en la red social “Facebook” y por medio de ella, solicitó la amistad a 9 contactos (compañeros del hospital); el jefe, inmediatamente, al enterarse, consideró despedir al empleado, puesto que creó el perfil con un correo electrónico y todo sin consentimiento alguno. Ahora bien, éste trabajador, parece ser que no quería otra cosa que “ganar cierta fama dentro del gremio”, por lo que el contenido de dicho perfil se consideró “objetivamente injurioso”, vulnerando el derecho a la propia imagen reconocido en nuestra Constitución, en base a lo cual se justificó la imposición de la sanción de despido. Add a commentActualizado (Domingo, 31 de Julio de 2011 16:04)
Image by DanieVDM via Flickr El Senado aprobó el texto de Diputados, que extiende hasta 2019 los beneficios para el sector. Entre ellos se cuentan numerosos beneficios impositivos para favorecer la industria local del software, que emplea a 60 mil personas El Senado Nacional aprobó y convirtió en Ley, un proyecto que extiende y amplía el Régimen de Promoción de la Industria del Software y de Servicios Informáticos, a través de una modificación de la Ley 25.922 sancionada en 2004. Entre otros puntos, el proyecto establece que el régimen de la industria del software tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, fecha límite hasta la cual los interesados podrán adherirse. Add a comment
Image by gaelx via Flickr Respecto de las comunicaciones de la información sindical realizadas en el ámbito empresarial se ha pronunciado en repetidas ocasiones el Tribunal Constitucional. En su sentencia 281/2005 de 7 de noviembre ha confirmado que la divulgación de la información sindical forma parte del contenido esencial del derecho fundamental de la libertad sindical recogido en el artículo 28.1 de la Constitución Española y desarrollado por la Ley Orgánica 11/1985 de Libertad Sindical, de 2 de agosto. Sin embargo el Tribunal Constitucional viene ha indicar también, que el desarrollo legislativo no agota las posibilidades de difundir la información sindical, por lo que el sindicato puede ejercer este derecho fundamental tanto a través de los cauces previstos en la ley como por medio de otros que libremente adopte siempre que respete la normalidad productiva de la empresa. A su vez, el empresario tiene que asumir ciertas cargas tasadas en la Ley y dirigidas a hacer efectivo el hecho sindical informativo. Add a commentActualizado (Jueves, 28 de Julio de 2011 12:16) |
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Lo resolvió la Sala IV de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional. El tribunal hizo lugar a las apelaciones de los denunciantes y revocó dos fallos que habían declarado inadmisibles las presentaciones por cuestiones formales.








